Normalmente se deben conservar
tres ejemplares del Catastro de cada ciudad, villa, pueblo o aldea.
Uno en el lugar, otro en el Archivo de Simancas y el tercero en
el Archivo Provincial.
En nuestro caso, el ejemplar
que debía de estar en Valpuesta ha desaparecido, posiblemente
durante la ”francesada”, pues un 29 de mayo saquearon
e incendiaron los archivos secular y eclesiástico.
Me he servido del ejemplar que
se conserva en el Archivo Histórico Provincial situado en
el Antiguo Monasterio de San Agustín, en Burgos. Se trata
de unas mil páginas, manuscritas y distribuídas en
dos tomos, ambos con forro apergaminado.
El trabajo se compone de “las
Respuestas” Generales y el “Libro Mayor de Eclesiástcos
y de Seglares”. El primero contiene las respuestas que el
pueblo da a 40 preguntas. Viene a ser un resumen de todo el contenido.
En la segunda parte detalla, vecino por vecino, cada una de sus
propiedades. Vemos que algunos vecinos de Valpuesta poseen hazas
(fincas) en pueblos colindantes y, por supuesto, algunas fincas
de Valpuesta eran propiedad de habitantes en pueblos vecinos.
Para este recuento el pueblo
elegía una junta de vecinos, normalmente de dos, entre ellos
el alcalde a quien un juez, subdelegado de Orden de S. M., le tomaba
juramento de decir verdad y respondían a las 40 preguntas
del cuestionario, en el que aparecen todos los propietarios de fincas,
casas, animales, etc.
Declaran la calidad de las tierras:
Trigal.
1ª. Cada fanega de sembradura
trigal de primera calidad que se siembra tres años y descansa
el cuarto. Da el primer año siete fanegas de trigo, al segundo
seis de legumbres o yeros, y al tercero otros seis de trigo a los
precios de 18 reales el trigo y legumbres o yeros a 10.
2ª. La de segunda de dicha
especie da el primer año seis fanegas de trigo, el segundo
seis de cebada y al tercero descansa; el trigo a dicho precio y
cebada a diez.
3ª. La de tercera que produce
un año y descansa otro. El año que se siembra da cuatro
fanegas de trigo.
Centenal
1º. Cada fanega de trigo
centenal de primera calidad, que se siembra tres años y descansa
el cuarto, da el primer año seis fanegas de centeno; el segundo
cuatro de maíz, y el tercero cinco de centeno o cebada.
2º. La de segunda de esta
especie, que se siembra un año y descansa otro, cuando fructifica
da cinco fanegas de centeno.
3º. Cada fanega de tercera,
que produce con la misma alteración, el año que se
siembra da cuatro fanegas de centeno o cinco de avena.
Y añaden:
“Que en esta Villa no hay
costumbre de medir las tierras por pasos estatales ni varas castellanas
y sí solo por el grano que se les hecha al año de
sembrarlas de trigo, por lo que cada una se sabe lo que es y así
se entiende y usa en todos los contratos hasta el de venta, y no
por otros nombres y medidas que por fanegas y celemines, de suerte
que la tierra de una fanega es lo mismo que en ella se siembra de
trigo y lo mismo de habas u otras legumbres; sembrada de maíz
dicha fanega lleva tres celemines; cuando se siembra de comuña
lleva catorce celemines y diez y seis cuando se siembra de cebada,
que son las simientes y modo regular que se estilaz".